Participantes del Programa. Integran el Programa Nacional de Casas de Justicia y Convivencia Ciudadana:
El Ministerio de Justicia y del Derecho.
El Ministerio del Interior. 3. La Fiscalía General de la Nación.
La Procuraduría General de la Nación.
La Defensoría del Pueblo.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
La Superintendencia de Notariado y Registro.
Los Distritos y municipios.
Las Comisarías de Familia.
Las Inspecciones de Policía.
Las personerías distritales o municipales.
Los consultorios jurídicos de las Instituciones de Educación Superior.
Los centros de conciliación.
Los Programas Locales de Justicia en Equidad.
Cualquier otra entidad que se considere necesaria para el cumplimiento de los objetivos del programa.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.4.1.4 Entidades participantes. Podrán participar en el Programa Casas de Justicia las siguientes entidades:
Ministerio de Justicia y del Derecho.
Ministerio del Interior.
La Fiscalía General de la Nación.
La Procuraduría General de la Nación.
La Defensoría del Pueblo.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
La Superintendencia de Notariado y Registro.
Las alcaldías distritales o municipales.
Las Comisarías de Familia.
Las Inspecciones de Policía.
Las personerías distritales o municipales.
Los consultorios jurídicos de universidades.
Los centros de conciliación.
Cualquier otra entidad que se considere necesaria para el cumplimiento de los objetivos del programa.
(Decreto 1477 de 2000, artículo 5°)
TEXTO CORRESPONDIENTE A