°. Este Decreto rige desde su expedición. Comuníquese y publíquese
Decreto 103 de 1952 →Vigente
Artículo 2
Este Decreto Rige Desde Su Expedición
Decreto 103 de 1952 · Por el cual se aprueba el Decreto número 290 de 30 de noviembre de 1951, expedido por el señor Gobernador del Departamento de Boyacá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.