°. Con base en los contracréditos de los artículos 1° y 3° de este decreto, acredítense los ingresos de la Superintendencia Financiera de Colombia en la suma de veintiocho mil ochocientos noventa y siete millones ciento trece mil doscientos ochenta y seis pesos con 26/100 ($28.897.113.286.26) así: SECCION 1313 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA TOTAL INGRESOS 28,897,113,286.26 3000 INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS 24,552,645,553.26 3100 A-INGRESOS CORRIENTES 20,863,680,353.15 3110 TRIBUTARIOS 20,863,680,353.15 3112 CONTRIBUCIONES 20,863,680,353.15 3200 B-RECURSOS DE CAPITAL 3,688,965,200.11 3230 RENDIMIENTOS FINANCIEROS 1,688,965,200.11 3250 RECURSOS DE BALANCE 2,000,000,000.00 3252 SUPERAVIT FISCAL 2,000,000,000.00 I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 4,344,467,733.00 6. FONDOS ESPECIALES 4,344,467,733.00 0006 - CONTRIBUCION SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE VALORES 4,344,467,733.00
Decreto 4329 de 2005 →Vigente
Artículo 5
Con Base En Los Contracréditos De Los Artículos 1° Y 3° De Este Decreto, Acredítense Los Ingresos De La Superintendencia Financiera De Colombia En La Suma De Veintiocho Mil Ochocientos Noventa Y Siete Millones Ciento Trece Mil Doscientos Ochenta Y Seis Pesos Con 26/100 ($28
Decreto 4329 de 2005 · por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2005.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 5º del decreto 4329 de 2005, el cual quedará así) por decreto 4639/05 modificado por decreto 4639/05
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.