Art. 2. ° El precio corriente de los artículos exportados los formará una Junta por nada de cinco comerciantes respetables designados por el Administrador de cada Aduana al llegar a su conocimiento esta disposición.
Decreto 303 de 1886 →Vigente
Artículo 2
Decreto 303 de 1886 · Por el cual se dispone el modo de pagar las primas ofrecidas en el artículo 3o del decreto número 172 de 1886
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.