Art. 6.° Destínase para atender á los gastos que demanda el cumplimiento de la Ley sobre elecciones populares, incluyendo los de viáticos para miembros de los Consejos y Jurados electorales, á razón de cuatro pesos ($ 4) por miriámetro, la cantidad hasta de diez mil pesos ($ 10,000).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.