Micelio

Artículo 3

Ley 90 de 1938 · Por la cual se reforma la Ley 10 de 1938, y se abren varios créditos adicionales al presupuesto de gastos de la presente vigencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Gobierno Nacional para efectuar operaciones de crédito hasta por la suma de cinco millones de pesos ($ 5.000,000.00), con el objeto de adquirir elementos de Intendencia y materiales de guerra para el Ejercito, la Aviación y la Armada Nacionales, construir cuarteles, aeródromos, bases y hospitales militares, siempre que la amortización de capital e intereses se haga en varias anualidades, con las apropiaciones ordinarias del Ministerio de Guerra.

Parágrafo

En las negociaciones de que trata el presente artículo estará el Gobierno sujeto exclusivamente a las normas del Decreto legislativo número 377 de 1938.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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