Artículo sexto. Los diplomas que acrediten el otorgamiento de la Condecoración llevarán la firma del Canciller de la Orden , la fecha de la expedición y la fecha del registro el libro.
El texto del diploma rezará: El Canciller de la Orden de la Cruz del Mérito Aeronáutico Civil. certifica: Que por Decreto número … de … el Presidente de la República de Colombia confirió a … (nombre agradecido) … por (motivos por los cuales se otorga la condecoración de la orden de la "CRUZ DEL MERITO AERONAUTICO CIVIL". en la Categoría de (clase) Fechas y firmas. El diploma llevará al centro de la parte superior impreso en alto relieve y en los colores correspondientes el adverso de la condecoración e inmediatamente debajo la leyenda ORDEN DE LA CRUZ DEL MERITO AERONAUTICO CIVIL.
Cuando se trate de la adjudicación de la condecoración al señor Presidente de la Republica el diploma será firmado por el Gran Canciller de la orden y por el Secretario del Consejo Su texto rezara: Concede la orden de la Cruz Extraordinaria de la aeronáutica civil del excelentísimo señor Presidente de la República ..... (nombre)..... Fecha y firmas.