Conforme Al Artículo 38 Del Decreto 3130 De 1968, El Consejo Directivo Elaborara Para Aprobación Del Gobierno El Proyecto De Estatuto De Personal Del Instituto En Que Se Determinen Las Condiciones Para La Creación, Supresión Y Fusión De Cargos Y De Acceso Al Servicio; Las Situaciones Administrativas Y El Régimen Disciplinario; El Campo De Aplicación De La Carrera Administrativa Y Los Correspondientes Procedimientos; Así Como Todo Lo Referente A La Clasificación Y Remuneración De Los Empleos, Primas O Bonificaciones, Gastos De Representación, Viáticos, Horas Extras, Prestaciones Sociales Y Requisitos Para El Otorgamiento De Comisiones En El Interior O En El Exterior Del País
Decreto 539 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Colombiano de Comercio Exterior (INCOMEX)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Articulo 42. Conforme al artículo 38 del decreto 3130 de 1968, el consejo Directivo elaborara para aprobación del gobierno el proyecto de estatuto de Personal del instituto en que se determinen las condiciones para la Creación, supresión y fusión de cargos y de acceso al servicio; las Situaciones administrativas y el régimen disciplinario; el campo de Aplicación de la carrera administrativa y los correspondientes Procedimientos; así como todo lo referente a la clasificación y Remuneración de los empleos, primas o bonificaciones, gastos de Representación, viáticos, horas extras, prestaciones sociales y requisitos Para el otorgamiento de comisiones en el interior o en el exterior del País.
Parágrafo
Mientras se elabora el proyecto de estatuto a que se refiere el Presente artículo, el consejo directivo podrá establecer una planta de Personal provisional a fin de adecuarla a la estructura y organización Interna del instituto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.