Micelio

Artículo 4

El Intendente De La Navegación Del Alto Cauca Hará Parte De La Junta Nacional De Canalización De Tal Vía En La Forma En Que Lo Determine La Junta

Decreto 766 de 1919 · Por el cual se reforma el marcado con el número 361 del presente año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Intendente de la Navegación del Alto Cauca hará parte de la Junta Nacional de Canalización de tal vía en la forma en que lo determine la Junta. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 766 de 1919