ARTICULO 22. Documento para la procedencia de costos o deducciones. El documento que sirve de soporte para la procedencia de los costos o deducciones, deberá contener el nombre o razón social del vendedor, el NIT, la descripción específica o genérica de los bienes o servicios, la fecha de la operación y su valor. Cuando se trate de responsables del impuesto sobre las ventas, para la procedencia del descuento, adicionalmente a las exigencias anteriores, se deberá discriminar el correspondiente gravamen.
Decreto 836 de 1991 →Vigente
Artículo 22
Documento Para La Procedencia De Costos O Deducciones
Decreto 836 de 1991 · por el cual se reglamenta la Ley 49 de 1990, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.