Determinación del valor mínimo de venta de la cartera. El modelo financiero a utilizar para determinar el valor mínimo de venta de la cartera, deberá tener en consideración como mínimo los siguientes parámetros:
La construcción del flujo de pagos de cada obligación según las condiciones actuales del crédito y/o cuentas por cobrar.
La estimación de la tasa de descuento del flujo en función de la DTF, tomando en consideración los factores de riesgo inherentes al deudor y a la operación, que puedan afectar el pago normal de la obligación.
El cálculo del valor presente neto del flujo, adicionando a la tasa de descuento la prima de riesgo calculada.
Los gastos asociados a la cobranza de la cartera a futuro, las garantías asociadas a las obligaciones, edades de mora y prescripción de cobro.
El tiempo esperado para la recuperación de la cartera por recaudo directo o por vía judicial.
Las demás consideraciones universalmente aceptadas para este tipo de operaciones.
(Art. 3 Decreto 4848 de 2007)