Micelio

Artículo 2

Decreto 1979 de 1965 · Por el cual se reglamenta la Ley 65 de 1964, sobre la Universidad del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . Son fines de la Universidad del Cauca

a)

La formación integral del estudiante dentro de los valores en que se funda la civilización cristiana, y la promoción de una conciencia cívica responsable, orientada al servicio de la comunidad, a la defensa y perfeccionamiento de la democracia, a la exaltación de los valores de la nacionalidad y a la causa de la paz;

b)

La creación, conservación y libre transmisión de la cultura;

c)

La preparación de los profesionales y los técnicos que requiera el desarrollo del país;

d)

La libre investigación científica y la formación de investigadores;

e)

La vinculación a la vida internacional de la ciencia y la cultura;

f)

La investigación de la problemática nacional y de las soluciones posibles;

g)

La colaboración con las demás Universidades del país; h). Los demás que por su naturaleza corresponden a una Universidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1979 de 1965