Son intermediarios del mercado cambiario los bancos comerciales, los bancos hipotecarios, las corporaciones financieras, las compañías de financiamiento, la Financiera de Desarrollo Nacional, el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. -BANCOLDEX-, las cooperativas financieras, las sociedades comisionistas de bolsa, las sociedades de intermediación cambiaría y de servicios financieros especiales y las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos.
En su condición de intermediarios del mercado cambiario ias entidades mencionadas estarán sujetas a las reglas y obligaciones establecidas en la presente resolución.
SECCION II.