Micelio

Artículo 2

Ley 32 de 1921 · Por la cual se reorganiza la Administración Subalterna de Correos de Buga y se fija el sueldo del Administrador General de Correos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El sueldo del Administrador General de Correos será igual al que devenga en la actualidad el Director General de Telégrafos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 32 de 1921