Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA CAPITULO 004 Dirección de Información y Propaganda. Televisora Nacional 214. Del artículo 0079. Para completar la adquisición de la cadena de equipos de la Televisora Nacional, en el año $ 200.000.00 Suma el contracrédito $ 200.000.00 CAPITULO 004 Radiodifusora y Televisora Nacionales Radiodifusora Nacional 216. Al artículo 65. Para renovación, adiciones y mejoras del equipo de la Radiodifusora Nacional, en el año $ 200.000.00 Suma el crédito $ 200.000.00
Decreto 2164 de 1956 →Vigente
Artículo 0079
Para Completar La Adquisición De La Cadena De Equipos De La Televisora Nacional, En El Año $ 200
Decreto 2164 de 1956 · Por el cual se hacen una traslación en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso. (Presidencia de la República)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.