° El presente Decretó rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Decreto extraordinario 288 del 10 de febrero de 1981 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1982.
Decreto 283 de 1981 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decretó Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga El Decreto Extraordinario 288 Del 10 De Febrero De 1981 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 1982
Decreto 283 de 1981 · Por el cual se modifica la remuneración de los empleos técnico-científicos del Centro Interamericano de Fotointerpretación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.