ARTICULO 2 º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por parte del Gobierno Nacional y deroga todas las disposiciones anteriores que le sean contrarias.
Decreto 1210 de 1994 →Vigente
Artículo 2
º El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Aprobación Por Parte Del Gobierno Nacional Y Deroga Todas Las Disposiciones Anteriores Que Le Sean Contrarias
Decreto 1210 de 1994 · por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa de Telecomunicaciones de Cartagena Ltda., Telecartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.