° Deducidos estos sueldo del producto bruto de la Renta remitirán al fin de cada mes el saldo líquido de ella al respectivo Administrador de Circuito de Hacienda nacional, según lo dispone el inciso c) del artículo 2.° del Decreto número 961 de 11 de Agosto de 1905.
Decreto 31 de 1908 →Vigente
Artículo 3
° Deducidos Estos Sueldo Del Producto Bruto De La Renta Remitirán Al Fin De Cada Mes El Saldo Líquido De Ella Al Respectivo Administrador De Circuito De Hacienda Nacional, Según Lo Dispone El Inciso C) Del Artículo 2
Decreto 31 de 1908 · Reformatorio del artículo 2o del señalado con el número 1380 de 25 de noviembre de 1905
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.