La ejecución presupuestal en la institución deberá hacerse sobre la base de los acuerdos de obligaciones y de ordenación de gastos que para el efecto expida el Consejo Superior. Los acuerdos mensuales de ordenación de gastos deben incorporar, en forma clara y precisa, la distribución de gastos y obligaciones y los ingresos aplicables para su cancelación. Los créditos y traslados del presupuesto de la institución deben ser aprobados por el Consejo Superior con sujeción a las normas sobre la materia. En ningún caso podrá adicionarse el presupuesto de ingresos con recursos inciertos o que provengan de operaciones de crédito no aprobados definitivamente. CAPITULO IX Del personal docente y del personal administrativo.
Decreto 2332 de 1982 →Vigente
Artículo 64
Decreto 2332 de 1982 · Por el cual se expide el Estatuto General de la Universidad Surcolombiana
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.