Micelio

Artículo 2.2.1.12.5

Comité Técnico

Decreto 1170 de 2015 · por medio del cual se expide el decreto reglamentario único del sector Administrativo de Información Estadística.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comité Técnico . La Comisión contará con un Comité Técnico para su soporte y apoyo, el cual estará integrado por

1.

El Director General de Política Macroeconómica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, o su delegado.

2.

El Subcontador de Consolidación de la Información de la Contaduría General de la Nación o su delegado.

3.

El Director Técnico de Cuentas Nacionales del DANE, o su delegado.

4.

El Director Técnico de Estudios Económicos del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.

Parágrafo 1

El Comité expedirá su propio reglamento, en el que establecerá, entre otros aspectos, lo relacionado con la periodicidad de las reuniones y el quórum requerido para deliberar y tomar decisiones.

Parágrafo 2

El Comité Técnico podrá invitar, cuando su presencia sea requerida en función de los temas a tratar, a servidores públicos, autoridades nacionales y regionales, representantes de organismos, gremios y agremiaciones del sector privado nacional e internacional, y asesores. (Decreto número 574 de 2012, artículo 5°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1170 de 2015