Micelio

Artículo 29

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Los Decretos 47, 246 Y 1209 De 1997 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 1998

Decreto 65 de 1998 · por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional de la Rama Judicial, del Ministerio Público, de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga los Decretos 47, 246 y 1209 de 1997 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1998.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 65 de 1998