°. Son funcionarios competentes para la práctica de las diligencias de que trata este Decreto, los Jueces de Instrucción del Cuerpo Auxiliar del Poder Judicial, los Alcaldes, Inspectores Municipales y los Jefes de Policía Nacional o Departamental.
Decreto 804 de 1936 →Vigente
Artículo 4
Son Funcionarios Competentes Para La Práctica De Las Diligencias De Que Trata Este Decreto, Los Jueces De Instrucción Del Cuerpo Auxiliar Del Poder Judicial, Los Alcaldes, Inspectores Municipales Y Los Jefes De Policía Nacional O Departamental
Decreto 804 de 1936 · Por el cual se reglamenta la expulsión de extranjeros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
derogado (verif_articulado: deróganse los artículos 2°., 4° y 6°. del decreto 804 de 1936) por decreto 146/44 derogado por decreto 146/44
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.