El Superintendente será el vocero y el representante legal de la Superintendencia de Importaciones, y estará a su cargo la dirección y supervigilancia de las labores que la Junta Directiva adscriba a las distintas dependencias de la misma.
Decreto 1530 de 1957 →Vigente
Artículo 4
Las Decisiones De La Junta Directiva Se Tomarán Por Medio De Resoluciones Que Firmará El Superintendente, Junto Con El Secretario General, Con Anotación Del Número Y Fecha Del Acta Correspondiente
Decreto 1530 de 1957 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Superintendencia Nacional de Importaciones, se crean unos cargos, se fijan unas asignaciones y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.