Micelio

Artículo 9

Entidades Y Oficinas Públicas De Cultura

Decreto 1589 de 1998 · por el cual se reglamenta el Sistema Nacional de Cultura –SNCu– y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Entidades y oficinas públicas de cultura. Son las encargadas de ejecutar los Planes Culturales y de dinamizar la operatividad del SNCu, en su jurisdicción, así como la de apoyar en la formulación de las políticas culturales.

Parágrafo 1

Se entienden dentro de este artículo, los institutos, las Secretarías de Cultura, las Oficinas de Extensión, las Direcciones o el ente encargado del sector cultural a nivel departamental, distrital, municipal y de los territorios indígenas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1589 de 1998