°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Decreto 1788 de 2013 →Vigente
Artículo 2
Vigencia
Decreto 1788 de 2013 · por el cual se modifica el parágrafo 1° del artículo 13 del Decreto 3771 de 2007, modificado por el artículo 1° del Decreto 4944 de 2009.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.