seguridad nacional o moral pública. Cuando la publicidad de un proceso en particular amenace el orden público, la seguridad nacional o la finalidad primordial de la fuerza pública, el juez, mediante auto motivado, podrá imponer una o varias de las siguientes medidas:
Limitación total o parcial del acceso al público o a la prensa.
Imposición a los presentes del deber de guardar reserva sobre lo que ven, oyen o perciben.