º. De la prima de alimentación . El Instituto de Crédito territorial durante los días laborables suministrará el almuerzo a sus empleados públicos en suma equivalente al 30% del salario mínimo legal diario. La prima de alimentación de que trata el presente artículo sustituye íntegramente el auxilio de alimentación establecido en el artículo 51 del Decreto número 1042 de 1978 y demás disposiciones que lo modifican.
Decreto 294 de 1981 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 294 de 1981 · por el cual se establece el Regimen de Prestaciones Sociales de los Empleados Públicos al servicio del Instituto de Crédito Territorial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.