Micelio

Artículo 7

Los Candidatos Para La “cruz Cívica Del Mérito Asistencial Y Sanitario Jorge Bejarano”, Serán Postulados Al Ministerio De Salud, Por Entidades Sanitarias, Hospitalarias Y Asistenciales Y Por Personas Vinculadas A Tales Actividades

Decreto 1078 de 1998 · por el cual se reglamenta el artículo 9° de la Ley 12 de 1963 y se crea la “Cruz Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano”, como homenaje de la República a las personas que se distingan por sus servicios a la salud y asistencia públicas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los candidatos para la “Cruz Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano”, serán postulados al Ministerio de Salud, por entidades sanitarias, hospitalarias y asistenciales y por personas vinculadas a tales actividades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1078 de 1998