Micelio

Artículo 17

Mantiénese Las Prohibiciones Y Sanciones Establecidas En Normas Anteriores Por Razón De Violaciones A Las Disposiciones Vigentes Sobre Matrículas, Pensiones Y Demás Erogaciones Que Eleven Los Costos De La Educación (Decreto 0244 De 1951; 83 De 1964; 156 De 1967; 2112 Y 2854 De 1974, Y La Resolución 474 De 1964)

Decreto 2450 de 1975 · por el cual de dictan normas sobre el funcionamiento de las jornadas adicionales, se fijan cuantías sobre matriculas, pensiones y becas, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mantiénese las prohibiciones y sanciones establecidas en normas anteriores por razón de violaciones a las disposiciones vigentes sobre matrículas, pensiones y demás erogaciones que eleven los costos de la educación (Decreto 0244 de 1951; 83 de 1964; 156 de 1967; 2112 y 2854 de 1974, y la Resolución 474 de 1964).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2450 de 1975