Micelio

Artículo 1

Apruébase El Acuerdo Número 014 Del 2 De Julio De 1996 Emanado De Al Junta Directiva Del Archivo General De La Nación, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 014 De 1996 (Julio 2) Por El Cual Se Modifica La Planta De Personal Del Archivo General De La Nación

Decreto 1374 de 1996 · por el cual se aprueba el acuerdo número 014 del 2 de julio de 1996, emanado de la Junta Directiva del Archivo General de la Nación por el cual se modifica la Planta de Personal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Apruébase el Acuerdo número 014 del 2 de julio de 1996 emanado de al Junta Directiva del Archivo General de la Nación, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 014 DE 1996 (julio 2) por el cual se modifica la planta de personal del Archivo General de la Nación. La Junta Directiva del Archivo General de la Nación, en uso de sus facultades legales y estatutarias, ACUERDA Artículo 1º. Suprímense de la planta de personal del Archivo General de la Nación los siguientes cargos: Nº de cargos Dependencia y Denominación del empleo Código Grado Planta globalizada Uno Profesional Universitario 3020 10 Tres Profesional Universitario 3020 09 Artículo 2º. Créanse los siguientes cargos en la planta de personal del Archivo General de la Nación Nº de cargos Dependencia y Denominación del empleo Código Grado Planta globalizada Uno Restaurador 3021 10 Tres Restaurador 3021 09 Artículo 3°. El presente Acuerdo rige a partir de su aprobación por Decreto del Gobierno Nacional y modifica lo pertinente del Acuerdo número 14 de noviembre 30 de 1994. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de julio de 1996. La Presidente, Diana Constanza Fajardo R. El Secretario, José Alberto Giraldo López».

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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