Obligaciones del gestor profesional. Además de las obligaciones establecidas en el reglamento, el gestor profesional deberá
Obrar de manera profesional, con la diligencia exigible a un experto prudente y diligente en la administración de carteras colectivas, observando la política de inversión de la cartera colectiva y el reglamento.
Guardar la reserva de ley respecto de los negocios y de la información a la que tengan acceso en razón de sus funciones.
Poner en conocimiento del Comité de Vigilancia cualquier situación que pueda dar lugar a un conflicto de interés y seguir las recomendaciones efectuadas por dicho órgano sobre la prevención, manejo y revelación de tales conflictos.