Micelio

Artículo 83

Decreto 33 de 1984 · Por el cual se reglamenta la Ley 1a de 1982 y el Decreto Legislativo número 386 de 1983

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 83 . Contra las resoluciones que impongan sanciones por violación de las normas que regulan el juego de apuestas permanentes, proceden los recursos de reposición, ante la autoridad que expida el acto, y de apelación ante la junta de la beneficencia, la junta de la lotería respectiva en su caso o al Ministro de Salud cuando se trate de providencias proferidas por el Jefe del Servicio Seccional de Salud correspondiente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación, conforme al Decreto 001 de 1984. Los recursos deberán interponerse y sustentarse por escrito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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