Micelio

Artículo 2

Poder Ejecutivo Nacional.-Bogotá Junio 17 De 1881

Ley 52 de 1881 · Que concede un auxilio para la conclusión del camino nacional de Túquerres a Barbacoas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2°. El Poder Ejecutivo nacional pondrá hasta treinta mil pesos a disposicion del Poder Ejecutivo del Estado del Cauca, y dictará todas las providencias del caso, á fin de que el auxilió decretado por esta ley se invierta en el objeto á que se le destina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 52 de 1881