Observatorio Nacional de Salud. Son funciones del Observatorio Nacional de Salud, las siguientes
Dirigir, desarrollar y coordinar, en el marco de las competencias del Instituto, los procesos de transformación, divulgación, transferencia y apropiación del conocimiento en salud pública, que sirvan de soporte técnico para la toma de decisiones a las autoridades del País, en estas materias.
Hacer el monitoreo a los indicadores de salud pública para cada municipio y departamento del País y brindar la información desagregada de resultados por asegurador, prestador y ente territorial.
Realizar el seguimiento a las condiciones de salud de la población colombiana, mediante el análisis de las variables e indicadores que recomienda la práctica sanitaria y la política pública en materia de condiciones de salud y prioridades en investigación y desarrollo en la materia, establecidas por parte del Ministerio de Salud y Protección Social.
Dirigir y promover la discusión, análisis e intercambio de conocimientos sobre la situación de la salud pública, generando espacios de discusión de resultados y construcción de propuestas en materia de salud pública.
Realizar directamente o a través de terceros, evaluaciones periódicas sobre la situación de salud de las regiones de grupos poblacionales especiales y hacer públicos los resultados.
Fortalecer el Sistema de Información Epidemiológica, con énfasis en las zonas de frontera.
Formular recomendaciones, propuestas y advertencias de seguimiento al Ministerio de Salud y Protección Social y al ente que desempeñe las funciones de regulación en Salud.
Brindar los insumos a las direcciones técnicas para orientar las prioridades de investigación en salud pública y para la formulación de la política pública en materia de competencia del Instituto.
Divulgar semestralmente los resultados y tendencias de impacto alcanzados y utilizarlos como base para realizar la evaluación de impacto de gestión de resultados de todos los actores del Sistema y a través de estos a los organismos internacionales.
Diseñar, desarrollar y ejecutar actividades de divulgación e información sobre los riesgos que deben ser tenidos en cuenta por las entidades, instituciones, comunidades y personas para la protección de la salud pública, en el marco de las competencias del Instituto.
Diseñar, promover y desarrollar programas de capacitación y entrenamiento que contribuyan al fortalecimiento de las competencias del recurso humano que presta servicios en Salud Pública.
Presentar, de conformidad con lo señalado en la Ley 1438 de 2011, reportes a las Comisiones Séptimas Conjuntas, de Cámara y Senado, antes de finalizar cada legislatura sobre todas las evaluaciones periódicas que realice el Instituto en temas de Salud Pública.
Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza y competencias de la dependencia.