Créase el Comité como el Representante Legal del río Aburrá liderado por las Corporaciones Autónomas Regionales y el Área Metropolitana del Valle de Aburrá, el cual contará con la participación de las entidades públicas, organizaciones sociales, ambientales y entidades gestión del riesgo que tengan relación con la cuenca, con el fin de coordinar las diferentes acciones y su integración presupuestal.
Dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición de esta ley, las autoridades ambientales con jurisdicción en la cuenca del río Aburrá expedirán la reglamentación, conformación y sus funciones.