Capitanías de Puerto . Son funciones de la Capitanías de Puerto
Ejercer la autoridad marítima y Portuaria en su jurisdicción.
Hacer cumplir las leyes y disposiciones relacionadas con las actividades marítimas y portuarias.
Conceptuar y tramitar ante la Dirección General Marítima y Portuaria, las solicitudes de licencias, matrículas y patentes de navegación.
Verificar los exámenes para expedir licencias.
Expedir licencias de navegación para el personal de mar,
Dirigir y supervisar el servicio de practicaje.
Autorizar el arribo y zarpe de naves e inspeccionar el funcionamiento de las mismas.
Investigar, aún de oficio, los siniestros y accidentes marítimos, las infracciones a las leyes, decretos y reglamentos que regulan las actividades marítimas y la marina mercante colombiana y, dictar fallos de Primer Grado e imponer las sanciones respectivas.
Cumplir las funciones establecidas en el Decreto 978 de 1974.
Las demás que le señalen la ley y los reglamentos.