Micelio

Artículo 20

Capitanías De Puerto

Decreto 2324 de 1984 · Por el cual se organiza la Dirección General Marítima y Portuaria

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Capitanías de Puerto . Son funciones de la Capitanías de Puerto

1.

Ejercer la autoridad marítima y Portuaria en su jurisdicción.

2.

Hacer cumplir las leyes y disposiciones relacionadas con las actividades marítimas y portuarias.

3.

Conceptuar y tramitar ante la Dirección General Marítima y Portuaria, las solicitudes de licencias, matrículas y patentes de navegación.

4.

Verificar los exámenes para expedir licencias.

5.

Expedir licencias de navegación para el personal de mar,

6.

Dirigir y supervisar el servicio de practicaje.

7.

Autorizar el arribo y zarpe de naves e inspeccionar el funcionamiento de las mismas.

8.

Investigar, aún de oficio, los siniestros y accidentes marítimos, las infracciones a las leyes, decretos y reglamentos que regulan las actividades marítimas y la marina mercante colombiana y, dictar fallos de Primer Grado e imponer las sanciones respectivas.

9.

Cumplir las funciones establecidas en el Decreto 978 de 1974.

10.

Las demás que le señalen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1994
    C-212/94Constitucionalidad · «Numeral 7 Y 8»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 2324 de 1984