Micelio

Artículo 2.3.2.2.3.2

Trámite Prioritario De Solicitudes

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Trámite prioritario de solicitudes. Las entidades judiciales y administrativas que deban proveer información a la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, relacionada con las disposiciones del presente Capítulo, deberán tramitar los requerimientos de información de manera prioritaria. (Decreto 2601 de 2011, artículo 17) CAPÍTULO 3. INGRESO AL PROCESO DE REINTEGRACI Ó N DE LAS PERSONAS DESMOVILIZADAS POSTULADAS A LA LEY 975 DE 2005 QUE OBTENGAN LA LIBERTAD EN EL MARCO DE LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS EN LA LEY 1820 DE 2016” (Adicionado por artículo 1 Decreto 2199 de 2017)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1081 de 2015