Micelio

Artículo 2

El Oficial En Desempeño De La Comisión Diplomática, Percibirá Haberes De Acuerdo Con El Artículo 11 Del Decreto 145 De 1991 En Concordancia Con El Artículo 1° De La Resolución Número 1421 Del Mismo Año Y Primas De Ley

Decreto 1710 de 1991 · por el cual se asigna en comisión diplomática a un Oficial del Ejèrcito.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2° El Oficial en desempeño de la comisión diplomática, percibirá haberes de acuerdo con el artículo 11 del Decreto 145 de 1991 en concordancia con el artículo 1° de la Resolución número 1421 del mismo año y primas de ley. Los pasajes correspondientes le serán suministrados de conformidad con el artículo 113 del Decreto 1211 de 1990, todo con cargo al Presupuesto del Ejército.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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