Micelio

Artículo 1

Decreto 812 de 2002 · por el cual se adiciona el Decreto 727 de 1999, "por el cual se dictan disposiciones en relación con el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Se adiciona el artículo 2º del Decreto 727 de 1999 con el siguiente

Parágrafo

"

Parágrafo

En el evento que se disponga la toma de posesión con el objeto de liquidar alguna o algunas de las entidades cooperativas de que trata el presente artículo, el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas -Fogacoop- podrá continuar adquiriendo las acreencias que los ahorradores y depositantes tenían contra dichas entidades, únicamente en las condiciones que señale su Junta Directiva".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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