Modifíquese el artículo 89 del Decreto 1165 de 2019, el cual quedará así: "ARTÍCULO 89. DEPÓSITOS PRIVADOS PARA PROCESAMIENTO INDUSTRIAL. Los depósitos privados para procesamiento industrial son aquellos lugares habilitados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para el almacenamiento de materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura industrial, por parte de los Operadores Económicos Autorizados tipo importador o tipo exportador y de los usuarios aduaneros con trámite simplificado, para declarar bajo la modalidad de importación temporal para procesamiento industrial. Para obtener la habilitación del depósito donde se realizará el proceso industrial, los Operadores Económicos Autorizados tipo importador o tipo exportador y los usuarios aduaneros con trámite simplificado, deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 86 del presente decreto, salvo los contenidos en el numeral 1 y el área mínima exigida en el numeral 2 del citado artículo."
Decreto 360 de 2021 →Vigente
Artículo 27
Modifíquese El Artículo 89 Del Decreto 1165 De 2019, El Cual Quedará Así: "artículo 89
Decreto 360 de 2021 · Por el cual se modifica el Decreto 1165 de 2019 relativo al Régimen de Aduanas y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.