Administraciones Especiales de Impuestos Nacionales . A las Administraciones Especiales de Impuestos les corresponde ejercer las funciones de Administración Regional y de Administración Local en su propia jurisdicción, y sus diferentes dependencias tendrán las mismas funciones que se indican para sus similares en cada una de dichas Administraciones.
Decreto 1643 de 1991 →Vigente
Artículo 90
Decreto 1643 de 1991 · por el cual se organiza la Dirección de Impuestos Nacionales como Unidad Administrativa Especial, se establecen su estructura y funciones sus regímenes presupuestal y de contratación administrativa y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.