Micelio

Artículo 6

En Las Escuelas De Doble Jornada El Horario De Clases Para Cada Grupo Se Distriburá Consecutivamente De Lunes A Sábado, En El Período De La Mañana O De La Tarde

Decreto 150 de 1967 · Por el cual se toman medidas de carácter extraordinario en la educación elemental

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En las escuelas de doble jornada el horario de clases para cada grupo se distriburá consecutivamente de lunes a sábado, en el período de la mañana o de la tarde.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 150 de 1967