Micelio

Artículo 42

Decreto 2332 de 1982 · Por el cual se expide el Estatuto General de la Universidad Surcolombiana

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como órgano de capacidad decisoria le corresponden al Consejo de Facultad las siguientes funciones

a)

Controlar el cumplimiento de los programas docentes y de investigación adoptados por el Consejo Académico;

b)

Aquellas que le asignen el reglamento de personal docente y el reglamento estudiantil expedido por el Consejo Superior;

c)

Certificar ante el Rector el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios para el otorgamiento de títulos;

d)

Ejercer las funciones de coordinación y control curricular en la respectiva Facultad;

e)

Propiciar la interrelación con otras dependencias para la mejor utilización de los recursos humanos e instrumentales;

f)

Revisar y aprobar los programas académicos;

g)

Enviar al Rector la lista de seis candidatos para Decano, de acuerdo con el literal i del artículo 59 del Decreto extraordinario 80 de 1980.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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