Micelio

Artículo 20

Requisitos Para El Registro De Usuarios

Decreto 2789 de 2004 · por el cual se reglamenta el Sistema Integrado de Información Financiera, SIIF Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos para el registro de usuarios . El Coordinador del SIIF Nación de cada entidad previo a la solicitud de creación de un usuario en el SIIF Nación, debe considerar lo siguiente

a)

Que el usuario sea un funcionario o un contratista activo de la entidad;

b)

Que el superior inmediato del funcionario o contratista solicite por escrito su creación en el SIIF Nación y señale las restricciones que debe tener;

c)

Verificar que el perfil asignado en el SIIF Nación es consistente con las funciones del cargo o del contrato;

d)

Validar que el funcionario o contratista ha recibido previamente capacitación sobre la seguridad y funcionalidad del SIIF Nación;

e)

En caso que el usuario sea un contratista debe validar que el contrato tenga cláusula de confidencialidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2789 de 2004