La Nación contribuirá con el 40 por 100 del valor de las obras que se construyan de acuerdo con la presente Ley, suma que se tomará de la partida global que se destine en el Presupuesto de la próxima vigencia para edificaciones y construcciones nacionales.
Ley 118 de 1937 →Vigente
Artículo 3
Ley 118 de 1937 · por la cual se decreta un auxilio para los Manicomios que construyan los Departamentos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.