º Están obligados a presentar declaración de renta y complementarios por el año gravable de 1986, los contribuyentes que en dicho año hayan obtenido ingresos brutos superiores a trescientos treinta mil pesos ($ 330.000) o que, en el último día del año o período gravable, hayan poseído un patrimonio bruto de valor superior a novecientos mil pesos ($ 900.000).
Decreto 451 de 1987 →Vigente
Artículo 1
º Están Obligados A Presentar Declaración De Renta Y Complementarios Por El Año Gravable De 1986, Los Contribuyentes Que En Dicho Año Hayan Obtenido Ingresos Brutos Superiores A Trescientos Treinta Mil Pesos ($ 330
Decreto 451 de 1987 · por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.