Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1° De Enero De 1991, Los Bancos Comerciales No Estarán Obligados A Efectuar Nuevas Inversiones En Bonos Nacionales De Deuda Pública Interna Conforme A Lo Dispuesto En El Artículo 11 De La Ley 21 De 1963

Decreto 931 de 1990 · por el cual se dispone la supresión de una inversión obligatoria de los establecimientos bancarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del 1° de enero de 1991, los bancos comerciales no estarán obligados a efectuar nuevas inversiones en bonos nacionales de deuda pública interna conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 21 de 1963.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 931 de 1990