Micelio

Artículo 6

Los Viáticos Fijados En Este Decreto Se Pagarán Por Mensualidades Vencidas, Pero Con El Fin Exclusivo De Facilitar El Cumplimiento Inmediato De Las Comisione», Dentro De La Primera Quincena De Cada Mes, El Pagador Del Ministerio O Los Administradores De Hacienda Y Aduanas, Según El Funcionario De Que Se Trate, Podrán Autorizar Anticipos Por Cuenta De Viáticos, Siempre Que Las Sumas Por Tal Concepto No Excedan Del Equivalente A Quince (15) Días, Y Que Su Valor Total Se Cancele Al Fin De Cada Mes

Decreto 1742 de 1949 · Por el cual se fijan los viáticos del personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los viáticos fijados en este Decreto se pagarán por mensualidades vencidas, pero con el fin exclusivo de facilitar el cumplimiento inmediato de las comisione», dentro de la primera quincena de cada mes, el Pagador del Ministerio o los Administradores de Hacienda y Aduanas, según el funcionario de que se trate, podrán autorizar anticipos por cuenta de viáticos, siempre que las sumas por tal concepto no excedan del equivalente a quince (15) días, y que su valor total se cancele al fin de cada mes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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