Micelio

Artículo 37

División De Pasivos Contingentes

Decreto 246 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Pasivos Contingentes . Son funciones de la División de Pasivos Contingentes de la Subdirección de Políticas de Riesgo de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, las siguientes

1.

Conceptuar sobre las valoraciones de los pasivos contingentes que presenten las entidades estatales a la Dirección, para su aprobación, en las áreas de Infraestructura, operaciones de crédito, sentencias y conciliaciones y demás sectores que en el futuro se considere estratégico incluir.

2.

Proyectar los pronunciamientos que debe emitir el Director General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, acerca de la aprobación de las valoraciones contingentes que presenten las entidades estatales.

3.

Definir lineamientos metodológicos para la valoración y administración de pasivos contingentes.

4.

Mantener actualizadas las metodologías de valoración de pasivos contingentes existentes y las que se desarrollen en el futuro.

5.

Definir los procedimientos y mecanismos para la operatividad del Fondo de Contingencias Contractuales de las Entidades Estatales.

6.

Efectuar el estudio económico y financiero sobre las garantías y/o contragarantías que las entidades estatales deban otorgar a favor de la Nación, analizando entre otros aspectos, los diferentes riesgos asociados a las mismas y la cobertura del porcentaje del servicio de la deuda generada en la operación correspondiente.

7.

Realizar periódicamente la valoración de garantías y contragarantías otorgadas a favor de la Nación y de las garantías otorgadas por esta originadas en operaciones de crédito público, o asimiladas.

8.

Ejecutar acciones de capacitación sobre el manejo de pasivos contingentes.

9.

Participar, en lo de su competencia en la preparación de los actos administrativos de carácter general de la Dirección.

10.

Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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