Micelio

Artículo 1

Decreto 539 de 1957 · Por el cual se fija el personal y asignaciones de la Reclusión de Mujeres Bogotá

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . A partir del diez y seis (16) de mar tendrá el siguiente personal administrativo y de vigilancia, al cual le corresponderán las asignaciones mensuales que en cada caso se indican: 1 Capellán $ 250.00 1 Médico Jefe 500.00 1 Médico Auxiliar 450.00 1 Odontólogo 500.00 1 Secretaria Dactilógrafa 300.00 1 Farmaceuta-Enfermera 250.00 2 Enfermeras, cada una 170.00 1 Laboratorista Bacteriólogo 400.00 1 Maestra-Institutora 250.00 4 Celadoras, cada una 180.00 1 Inspector 400.00 1 Subinspector 350.00 3 Guardianes Distinguidos, cada uno 250.00 15 Guardianes, cada uno 180.00 1 Maestro de Taller 300.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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